Espacio Ciudadano

Este espacio virtual esta destinado al ciudadano de la ciudad de Posadas. Como Concejal en función y en conjunto con el equipo de trabajo, nos propusimos como uno de los objetivos; el de brindar toda la información necesaria al vecino de la ciudad. A través de este espacio canalizaremos todo lo concerniente que responda al trabajo que se este realizando desde el Concejal Gabriel Conrado Nielsen.

domingo, 26 de septiembre de 2010

Revisión Técnica Obligatoria para motos

Se aprobó como ordenanza el jueves 23 de septiembre el proyecto de Revisión Técnica Obligatoria para motos, presentado por el Concejal Gabriel C. Nielsen.


El mismo consiste en el control periódico de los moto vehículos para determinar el buen funcionamiento de sus piezas y sistemas que hacen a su seguridad activa y pasiva, como así también a la emisión de contaminantes sonoros y gaseosos. Como el buen funcionamiento del sistema de frenos, el apropiado funcionamiento del sistema reglamentario de luces: luces de giro, luces de freno, luces intermitentes de emergencia, cubiertas en buen estado de conservación y funcionamiento, emanación de gases, El nivel sonoro del caño de escape, respetándose los decibeles máximos permitidos en la legislación vigente.

Las condiciones para realizar la RTO son: Carné habilitante para conducir moto vehículos, casco reglamentario homologado que deberá poseer adheridas en su parte posterior bandas reflectantes fluorescentes.
A partir de cada renovación de la RTO también serán condiciones poseer: el pago actualizado y sin deuda de patente del moto vehículo, Póliza de seguros de responsabilidad civil hacia terceros vigente con los pagos actualizados del moto vehículo.

La ordenanza obliga a los conductores de motos vehículos a realizar la revisión técnica obligatoria cada año, cualquiera sea su cilindrada, entrará en vigencia el primero de Enero de 2011 y se establece un plazo de 90 días a las personas que circulen en moto vehículos para que realicen la primera revisión técnica obligatoria (RTO), desde la vigencia de la ordenanza.
Las motos nuevas ¨0 KM¨, quedan exentas de la verificación, por el término de veinticuatro meses. En el caso de motos para uso comercial, el término será de doce meses.
Teniendo en cuenta el sistema de “Scoring” (descuento de puntos) los conductores que no posean la Revisión técnica obligatoria serán considerados como faltas graves.

viernes, 24 de septiembre de 2010

PARA UNA SOCIEDAD MÁS JUSTA. COLECTIVOS PARA TODOS.

Se aprobó en la última sesión ordinaria del día jueves 23 de septiembre el proyecto de Ordenanza, impulsado por el Concejal Gabriel C. Nielsen, para adherirse al art. 22 de la ley Nacional N° 24.314.

“Accesibilidad de personas con movilidad reducida”.

Dicha ordenanza tiene como finalidad la integración real y efectiva a la sociedad de las personas con movilidad reducida; y así lograr igualdad de oportunidades al acceso al Transporte Publico Urbano de Pasajeros.

La ley pretende ordenar a las empresas concesionarias de Transporte Publico Urbano de Pasajeros de la Ciudad de Posadas, el cumplimiento con la obligatoriedad de implementar en un porcentaje de sus vehículos la adaptación y complementos necesarios para permitir el ingreso y egreso de una persona con movilidad reducida en silla de ruedas y garantizar su traslado de modo seguro, prohibiendo la utilización de molinetes u otros sistema que dificulten o impidan la movilidad y circulación de dichas personas.

Para la reglamentación adecuada, efectiva y real, se propone la conformación de una Comisión Especial que estaría integrado por: un integrante del Departamento Ejecutivo Municipal, un representante del Concejo Municipal de Discapacidad, El Defensor del Pueblo, y el Presidente de la Comisión de Transporte y Transito del H.C.D.-


La comisión especial tiene como objetivo establecer un “Plan de Accesibilidad para el Transporte Urbano de Pasajero” en el cual se priorizara:

El establecimiento de las líneas que deberán adecuar sus unidades en un primer momento del plan, teniendo en cuenta estratégicamente los recorridos y líneas de colectivos más utilizadas por los beneficiarios.
Promocionar y difundir a los ciudadanos todo lo concerniente sobre el avance de dicho plan.

Cabe recordar que este proyecto fue rechazado por el bloque renovador, siendo tratado en la comisión de Transporte y Transito en tres ocasiones.

miércoles, 15 de septiembre de 2010

Entrevista "Canal 12" Trata de Personas

Trata de personas es un delito contra los derechos humanos considerada una forma moderna de esclavitud, la esclavitud del siglo XXI.





Se define trata de personas como:
La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.

jueves, 9 de septiembre de 2010

Proyecto de ordenanza para declarar el flagelo de la “Trata de Personas” como una política de Estado Municipal.


El día 6 de septiembre presentaron por mesa de entrada del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Posadas, los concejales del PRO Misiones, Gabriel Nielsen y Ana María Irrazabal, un proyecto de Ordenanza para el tratamiento de la concientización del ciudadano sobre el flagelo “Trata de Personas”.

El proyecto consiste en un plan comunicacional para la difusión masiva sobre este fenómeno. La realización de un video explicativo que será expuesto en lugares estratégicos, de orden publico y privado, así como: Terminal de ómnibus de larga y media distancia, terminales de transferencia, Reparticiones públicas de competencia Municipal y Provincial, Cines y teatros de la ciudad de Posadas, Instituciones educativas públicas y privadas, Transporte publico de pasajeros urbano, interurbano, de media y larga distancia que posean equipamiento electrónico para tal fin, y así también en las paginas digitales de los diferentes organismos públicos. Cabe resaltar que en dicho proyecto también se le faculta al Municipio la implementación de una línea libre y gratuita de comunicación directa, con un “nro. corto” según la terminología utilizada por las compañías de telecomunicaciones.
Y reforzando la difusión en los medios masivos de comunicación radial, gráficos, televisivos, y digital.

En dicho proyecto se declara el flagelo de la “Trata de Personas” como una política de Estado Municipal.